La formación es uno de los factores básicos y principales a desarrollar en cualquier plan de prevención de cualquier organización, empresa, o entidad que tenga personal contratado. No se entiende la prevención sin formación. En RISK XXI – Prl & Services somos conscientes de ello.
Y de tal manera lo reconoce y prescribe la propia Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).

Es importante saber que esta formación puede ser bonificada (o no), a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE). Depende de los casos.
Queremos con este artículo aclarar un poco este asunto y explicar, sobre todo, EL PROCEDIMIENTO (y los criterios de actuación) que seguimos en RISK XXI – Prl & Services en la Bonificación de la formación a través de FUNDAE. Siempre buscando el mejor beneficio para las organizaciones que confían en nosotros y garantizando la seguridad jurídica.
¿Se puede bonificar la formación en PRL?
En este asunto hay una controversia importante. Hay quien dice que esta formación es bonificable, pero según los criterios inspectores y las diferentes autoridades que se han manifestado, el criterio que recomendamos desde RISK XXI – Prl & Services es que la formación en PRL del puesto de trabajo (la que denominamos del art. 19) no se puede bonificar por FUNDAE. El riesgo de no admisión de la bonificación es muy elevado y así lo hemos visto en numerosos casos. Por ello aconsejamos no bonificar este tipo de cursos.
La formación que sí se puede bonificar es la que no es del art. 19.
A través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo (FUNDAE). Las empresas disponen de un crédito anual para formación, que pueden aplicar a los cursos de PRL, siempre que cumplan los requisitos de comunicación y duración mínima.
RISK XXI – Prl & Services somos empresa organizadora reconocida por FUNDAE, para gestionar las bonificaciones de las acciones formativas de nuestros clientes. En este artículo te explicamos a continuación el procedimiento y pasos que seguimos.
La metodología RISK XXI – Prl & Services para gestionarlo se estructura en estos 8 pasos:
- PASO 1: Firma del «Contrato de Encomienda» y cálculo del crédito a disponer para bonificar la formación anual
- PASO 2: Informar a la Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLPT)
- PASO 3: Comunicar a FUNDAE el inicio del curso. Alta.
- PASO 4. Desarrollo de la formación
- PASO 5: Controles y registros
- PASO 6: Comunicar a FUNDAE la finalización del Grupo. Participantes y costes
- PASO 7: Aplicación de la bonificación en las cotizaciones
- PASO 8: Comprobación de resultados
PASO 1: Firma del «Contrato de Encomienda» y cálculo del crédito a disponer para bonificar la formación anual
El crédito de formación es el importe total anual del que dispone una empresa, como ayuda para la formación de sus trabajadores.
Una vez firmada la propuesta con RISK XXI – Prl & Services para impartir la formación y gestión de la bonificación, necesitamos firmado por el cliente «El Contrato de Encomienda«.
Con este contrato, la empresa que quiere hacer la formación, nos delega legalmente a RISK XXI – Prl & Services la organización y gestión de la formación bonificada.
De esta manera, RISK XXI – Prl & Services podrá acceder a la aplicación de FUNDAE e informar a la empresa del crédito del que dispone.
Seguidamente, le enviamos al cliente, unos formularios, que nos ha de devolver cumplimentados, con los datos de la empresa y de los alumnos que harán el curso.
A modo informativo: El cálculo del crédito (importe en €) disponible para las empresas, se basa en el porcentaje de la cantidad cotizada a la Seguridad Social, en concepto de formación profesional durante el ejercicio anterior y del volumen de plantilla de cada organización empresarial. Por ejemplo:
1 a 9 trabajadores……………………………100%
10 a 49 trabajadores………………………….75%
50 a 249 trabajadores………………………..60%
Más de 250 trabajadores……………………50%
Para calcular el crédito FUNDAE y obtener esta cuantía hay que tener en cuenta los siguientes aspectos:
- Identificar la cuota aportada por contingencias de formación profesional: se toma el 0,7% de la base de cotización de cada trabajador.
- Aplicar el porcentaje según el tamaño de la empresa (consultar información en la tabla anterior).
Importante, a tener en cuenta: Una empresa con menos de 50 trabajadores, puede acumular el crédito que no consume en el año en curso, en los dos años siguientes.
RISK XXI – Prl & Services lo marcará en la casilla correspondiente de la aplicación (si no está ya marcada por el cliente) antes del 30 de junio del año en curso.
PASO 2: Informar a la representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLPT)
Las empresas, si disponen de Representación Legal de los Trabajadores (RLPT), están obligadas a informar a estos, sobre cualquier acción formativa que realizarán, antes de su inicio. Este trámite garantiza el derecho de análisis y consulta, aunque no paraliza el inicio de la formación.
RISK XXI – Prl & Services pedirá al cliente, un documento a la RLPT firmado, en caso de que disponga de RLPT. (Documento RLT)
Plazos de información al RLPT
- Antelación: La empresa ha de informar a su RLPT con un mínimo de 15 días hábiles de antelación al inicio de la formación.
- Alternativas: Puede optar por informar sobre cada curso de forma individual o presentar un plan de formación anual (siempre respetando los 15 días antes de empezar el primer curso).
- Respuesta: La RLT tiene un plazo de 15 días hábiles para emitir su informe de respuesta. Si transcurre este tiempo sin respuesta, se entiende que el trámite está finalizado y validado.
Información Obligatoria a Entregar a la RLT por parte de la empresa
- Denominación, objetivos y descripción de las acciones formativas.
- Colectivos destinatarios y número de participantes por acción.
- Calendario previsto de ejecución.
- Medios pedagógicos (presencial, tele-formación, etc.) y lugar previsto de impartición.
- Criterios de selección de los participantes.
- Balance de las acciones formativas desarrolladas en el ejercicio precedente.
PASO 3: Comunicar el inicio del curso a la FUNDAE.
RISK XXI – Prl & Services, dará de alta en la aplicación de FUNDAE la acción formativa, máximo 4 días naturales antes de inicio del curso, según los criterios de la formación.
- Modalidades (si es presencial / tele-formación / mixta. La parte presencial ha de ser igual o superior al 20% del tiempo; en caso contrario, se considera tele-formación.)
- Duración.
- Objetivos.
- Contenidos
Una vez dada de alta la acción formativa, máximo 4 días naturales antes de inicio del curso, RISK XXI – Prl & Services, comunicará dentro de la plataforma FUNDAE el inicio del grupo, como máximo, 2 días naturales antes de la fecha de comienzo, indicando cuándo, dónde, quién lo imparte y a quién va dirigido.
PASO 4. Desarrollo de la formación
Durante el desarrollo de la formación, hemos de tener en cuenta los siguientes aspectos:
Aspectos generales
- La formación ha de ser gratuita para los participantes.
- La duración total del curso no puede ser inferior a 2 horas.
- La formación no puede superar las 8 horas diarias, salvo que se haga en un solo día.
- El número de participantes no deberá exceder de 30 participantes, en modalidad presencial y 80 alumnos por tutor, en tele formación.
IMPORTANTE:
- Para que un trabajador sea «bonificable» en FUNDAE, ha de estar dado de alta en el Régimen General de la Seguridad Social y cotizar por Formación Profesional. Esto incluye trabajadores indefinidos, temporales, en ERTE y fijos discontinuos. Se excluyen totalmente los autónomos y los funcionarios de la administración pública
- La formación se podrá impartir en el aula de formación de RISK XXI – Prl & Services, «In company», en un centro que proponga el cliente, o bien en un centro colaborador de RISK XXI – Prl & Services, cuando se necesite disponer de maquinaria o instalaciones necesarias, para la parte práctica de la formación.
RISK XXI – Prl & Services, facilitará al formador, Técnico de PRL de RISK XXI – Prl & Services acreditado, todo el material y documentación necesarios para la impartición del curso (Listados de asistencia, Cuestionario de evaluación de FUNDAE, dosieres y libros, si lo requiere el curso, etc.)
PASO 5: Controles y registros
En la modalidad presencial, los alumnos han de firmar el modelo de listado de FUNDAE de «Control de asistencia».
En la Tele formación, las plataformas deberán posibilitar descargar el registro de conexiones de la actividad, de los participantes.
Durante o al finalizar el curso, los alumnos deberán realizar las pruebas, que midan el aprovechamiento de este, facilitadas por el formador.
También, los participantes deberán cumplimentar al final del curso, el formulario de FUNDAE «Cuestionario de evaluación del curso«.
Una vez finalizado el curso, RISK XXI – Prl & Services, emitirá y enviará al cliente el certificado de asistencia o diploma.
PASO 6: Comunicar a FUNDAE la finalización del Grupo. Participantes y costes.
Antes de aplicar la bonificación, RISK XXI – Prl & Services, comunicará a través de la plataforma FUNDAE la finalización del curso a través de la aplicación, a partir de la fecha de finalización y, como muy tarde, antes de la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre.
Para hacer este paso, RISK XXI – Prl & Services, ha de informar de:
- Los datos de los participantes que han finalizado la formación y que previamente nos ha facilitado el cliente (han de haber realizado, mínimo el 75% del temario y del tiempo del curso).
- Los costes del curso (directos, indirectos y de organización).
- El importe a bonificar. Este se calcula en función del módulo económico máximo (importes de 2026):
- 13,00 € en la formación Presencial x nº de horas del curso x nº de alumnos
- 7,50 € en la formación Online x nº de horas del curso x nº de alumnos
IMPORTANTE: En caso de cofinanciación privada
La cofinanciación privada de FUNDAE es el porcentaje del coste de la formación bonificada que la empresa ha de asumir obligatoriamente con recursos propios. Su objetivo es asegurar el compromiso empresarial con la capacitación.
Las empresas de 1 a 5 trabajadores están exentas, mientras que para plantillas mayores, varía entre el 5% y el 40%. Porcentajes de cofinanciación privada según el tamaño de la empresa.
El porcentaje de aportación obligatoria se calcula en función de la plantilla media del año anterior:
- 1 a 5 trabajadores: 0% (Exentas)
- 6 a 9 trabajadores: 5% a cargo de la empresa
- 10 a 49 trabajadores: 10% a cargo de la empresa
- 50 a 249 trabajadores: 20% a cargo de la empresa
- 250 o más trabajadores: 40% a cargo de la empresa
¿Cómo se justifica o cumple?
La cofinanciación no se aplica de manera individual a cada curso, sino que se calcula sobre el total de las acciones formativas bonificadas a lo largo de todo el año fiscal. Se puede cumplir de dos formas:
- Aportación directa: Abonando la diferencia entre el coste total del curso y el importe que finalmente se bonifica.
- Costes salariales: Incluyendo el coste del salario de los trabajadores mientras reciben formación dentro de su jornada laboral (tiempo invertido).
Cómputo global
El cálculo se realiza automáticamente en la aplicación telemática oficial, y es fundamental cumplir con este requisito anualmente para evitar posibles incidencias por inspección.
PASO 7: Aplicación de la bonificación en las cotizaciones.
Una vez comunicada la finalización de la formación en la aplicación, y hasta la presentación del boletín del mes de diciembre del año en curso, el cliente podrá aplicarse la bonificación por formación en los recibos de la Liquidación de Cotizaciones a la Seguridad Social.
Los requisitos son los siguientes:
- Estar al corriente de pago ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social.
- En caso de que la empresa disponga de ello, haber informado previamente a la RLPT (Representación Legal de las Personas Trabajadoras).
Al finalizar la formación y los trámites mencionados, RISK XXI – Prl & Services, entregará al cliente un documento del cierre de la formación para que lo pueda presentar a su gestoría o departamento administrativo correspondiente, y gestionar la tramitación ante la Seguridad Social.
PASO 8: Comprobación de resultados.
Tanto el cliente como RISK XXI – Prl & Services, deben conservar, durante un plazo de cuatro años, la documentación acreditativa de las acciones formativas bonificadas, por si estas fueran requeridas. Hay que conservar todos los documentos durante los 4 años posteriores a la formación.
Una vez finalizado el ejercicio, FUNDAE comprobará la correcta aplicación de las bonificaciones así como los requisitos establecidos en la normativa.
Si esta comprobación resulta no conforme, la empresa podría recibir una notificación electrónica de requerimiento indicándole los motivos, disponiendo de un plazo concreto (usualmente 10 días) para realizar las alegaciones oportunas.
Servicios de RISK XXI – Prl & Services FORMACIÓN
RISK XXI – Prl & Services, como Servicio de Prevención Ajeno y consultoría especializada en PRL trabajamos de manera intensa la formación. Para nosotros es una prioridad que la formación llegue a la totalidad de los empleados y empleadas de las empresas que confían su política preventiva en nosotros.
En materia de FORMACIÓN PRL, los servicios de RISK XXI – Prl & Services incluyen:
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- Catálogo extenso de cursos: Formación art. 19 y General en seguridad, higiene, ergonomía y psicosociología. También estamos homologados para impartir las formaciones del convenio del Metal y de la Construcción.
- Formaciones a medida: Adaptación de contenidos a los riesgos reales del centro de trabajo de nuestros clientes.
- Gestión de bonificaciones cuando sea necesario: Tramitación de las bonificaciones ante la FUNDAE, que requiere un procedimiento muy pautado y rígido. También gestionamos y tramitamos la formación con otras entidades como son la «Fundación Laboral de la Construcción – FLC» y la «Fundación del Metal – INDEO».
- Modalidades formativas: Formación presencial, «in company» y plataforma e-learning.
El Equipo técnico y del departamento de formación de RISK XXI – Prl & Services estamos a su disposición para ampliar, concretar y aclarar las dudas que pueda tener sobre este tema. Nos puede contactar en formacio@risk21.com
Más información, AQUÍ.







