EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL – EPI’S (…Y OTRAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN)
Actualizado a 30 de abril de 2020
(*) Redactado a partir del documento «PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN PARA LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES FRENTE A LA EXPOSICIÓN AL NUEVO CORONAVIRUS (SARS-COV-2)» elaborado por el Ministerio de sanidad en fecha 30 de abril de 2020
MEDIDAS EXCEPCIONALES ANTE LA POSIBLE
ESCASEZ DE EPI’S (DESCARGABLE)
CONSIDERACIONES GENERALES SOBRE LOS EPI’S(…Y OTRAS MEDIDAS DE PROTECCIÓN)
De acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 773/1997, el equipo deberá estar certificado en base al Reglamento (UE) 2016/425 relativo a los equipos de protección individual, lo cual queda evidenciado por el marcado CE de conformidad.
Por otra parte, cuando productos como, por ejemplo, guantes o mascarillas, estén destinados a un uso médico con el fin de prevenir una enfermedad en el paciente deben estar certificados como productos sanitarios (PS) de acuerdo a lo establecido en el Real Decreto 1591/2009, por el que se regulan los mismos.
Un mismo producto, para el que se requiera un doble fin, debe cumplir simultáneamente con ambas legislaciones. Es el caso de los guantes o mascarillas de uso dual.
De forma general, la recomendación es utilizar EPI desechables, o si no es así, que puedan desinfectarse después del uso, siguiendo las recomendaciones del fabricante.
Los EPI deben escogerse de tal manera que se garantice la máxima protección con la mínima molestia para el usuario y para ello es crítico escoger la talla, diseño o tamaño que se adapte adecuadamente al mismo.
La correcta colocación los EPI es fundamental para evitar posibles vías de entrada del agente biológico; igualmente importante es la retirada de los mismos para evitar el contacto con zonas contaminadas y/o dispersión del agente infeccioso.
A continuación, se describen los EPI que podrían ser necesarios, así como las características o aspectos de los mismos que pueden ser destacables en el entorno laboral que nos ocupa. No se trata de una descripción de todos los EPI que pudieran proteger frente a un riesgo biológico, sino de los indicados en el caso del personal potencialmente expuesto en el manejo de las personas en investigación o confirmados de infección por el coronavirus.
La evaluación del riesgo de exposición permitirá precisar la necesidad del tipo de protección más adecuado
Protección respiratoria
Personal en general:
Con el fin de evitar contagios, los casos confirmados y en investigación deben llevar mascarillas quirúrgicas de modo preferente, de ese modo evitan la propagación del virus mediante la expulsión de partículas o micro gotas de saliva o por la nariz.
En el caso de que llevasen en lugar de una mascarilla quirúrgica una mascarilla auto filtrante, tenga en cuenta que la válvula de exhalación permite que el aire sea exhalado directamente al ambiente sin ningún tipo de retención y se podría favorecer, en su caso, la difusión del virus.
Las mascarillas quirúrgicas deben cumplir la norma UNE-EN 14683:2019+AC:2019).
La colocación de la mascarilla quirúrgica a una persona con sintomatología respiratoria supone la primera medida de protección para el trabajador. Pero no es una garantía frente al contagio procedente de terceras personas.
Personal sanitario:
La protección respiratoria generalmente recomendada para el personal sanitario que pueda estar en contacto a menos de 2 metros con casos en investigación o confirmados es una mascarilla auto filtrante tipo FFP2 o media máscara provista con filtro contra partículas P2.
Las mascarillas auto filtrantes (que deben cumplir la norma UNE-EN 149:2001 +A1:2009) o, en su caso, los filtros empleados (que deben cumplir con las normas UNE-EN 143:2001) no deben reutilizarse y, por tanto, deben desecharse tras su uso.
Las medias máscaras (que deben cumplir con la norma UNE-EN 140:1999) deben limpiarse y desinfectarse después de su uso. Para ello se seguirán estrictamente las recomendaciones del fabricante y en ningún caso, el usuario debe aplicar métodos propios de desinfección ya que la eficacia del equipo puede verse afectada.
Cuando de la evaluación de riesgos se derive que en el desarrollo de la actividad se realizan procedimientos asistenciales en los que se puedan generar bio aerosoles en concentraciones elevadas, se recomienda el uso por el personal sanitario de mascarillas auto filtrantes contra partículas FFP3 o media máscara provista con filtro contra partículas P3.
RESUMIENDO: En el mercado encontramos básicamente dos tipos de mascarillas.
Qirúrgicas
Las primeras y más sencillas son las mascarillas quirúrgicas, que se utilizan principalmente por los profesionales en los quirófanos. Son útiles porque filtran el aire que expulsamos, con lo que previene la las demás personas de que las contagiemos. Pero no impide que la propia persona pueda aspirar el virus.
NOTA: Si bien este tipo de mascarillas no deben considerarse técnicamente un EPI, si que tienen un evidente efecto como medida de protección frente este virus.
Mascarillas FFP1, FFP2 y FFP3 / N95 / KN95
La segunda de las opciones es la de las mascarillas auto filtrantes de protección respiratoria, las famosas FFPR.
Estas también filtran deteniendo bacterias o virus que se pueden transmitir a través de la respiración hacia otras personas cercanas a nosotros y evitan en gran medida la contaminación cuando el aire se inhala.
Estas mascarillas están homologadas para distintas capacidades de filtrado y se dividen a su vez en otras tres clases:
FFP1. Presentan un 78% de eficacia de filtración mínima y un 22% de fuga hacia el exterior.
FFP2. Filtran los virus, bacterias y patógenos al 92% y solo tienen un 8% de fuga hacia el exterior. Impiden que se inhalen polvo, aerosoles y humos. Pueden contener o no válvula de exhalación.
FFP3. Son las más solicitadas por el personal sanitario, puesto que ofrecen un 98% de eficacia de filtración mínima hacia el interior y un 2% de fuga hacia el exterior. Actúan contra distintos tipos venenosos y tóxicos de polvo, humo y aerosoles. Pueden contener o no válvula de exhalación.
Frente al Coronavirus, por lo general, se recomienda el uso de las FFP2 en las actividades con bajo o moderado riesgo, mientras que las FFP3 se destinan a las que el riesgo es alto. Solo se pueden volver a utilizar llevando a cabo una desinfección completa.
Mascarillas N95 / KN95
Son EPI adecuados a la normativa de EEUU. A pesar de no estar homologadas en la UE, pueden usarse en caso de no tener alternativa dada la escasez actual de mascarillas homologadas CE. Estas mascarillas filtran un 95% de las partículas y tienen un buen nivel de ajuste a la cara, con lo cual aseguran cierto hermetismo.
IMPORTANTE: Al retirar los EPI, los equipos de protección respiratoria deben quitarse en último lugar, tras la retirada de todos los otros componentes como guantes, batas, etc.
Resolución de 20 de marzo de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, sobre especificaciones alternativas a las mascarillas EPI con marcado CE europeo.
Resolución de 20 de marzo de 2020, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, sobre especificaciones alternativas a las mascarillas EPI con marcado CE europeo.
Guantes y ropa de protección
2.1 Guantes de protección
Los guantes de protección deben cumplir con la norma UNE-EN ISO 374.5:2016.
En actividades de atención al paciente y en laboratorios, los guantes que se utilizan son desechables ya que las tareas asociadas requieren destreza y no admiten otro tipo de guante más grueso.
Sin embargo, es importante destacar que, en toda otra actividad que no requiera tanta destreza, como por ejemplo en tareas de limpieza y desinfección de superficies que hayan estado en contacto con pacientes, puede optarse por guantes más gruesos, más resistentes a la rotura.
2.2 Ropa de protección
Personal en general:
Frente al Coronavirus, para la mayoría de trabajos no es necesaria una ropa de trabajo específica. Lo que se recomienda es que la ropa empleada se lave diariamente con agua caliente (más de 60º C).
Personal sanitario:
En lo relativo a la ropa, es necesaria la protección del uniforme del trabajador de la posible salpicadura de fluidos biológicos o secreciones procedentes del paciente confirmado o en investigación al que examina o trata.
Este tipo de ropa, como EPI, debe cumplir con la norma UNE-EN 14126:2004 que contempla ensayos específicos de resistencia a la penetración de microorganismos. Este tipo de ropa puede ofrecer distintos niveles de hermeticidad tanto en su material como en su diseño, cubriendo parcialmente el cuerpo como batas, delantales, manguitos, polainas, etc., o el cuerpo completo. En la designación, se incluye el Tipo y la letra B (de Biológico).
En caso de que sea necesario protección adicional en alguna zona, como cierta impermeabilidad, también puede recurrirse a delantales de protección química que cumplen con la norma UNEUNE-EN 14605 :2009, denominados Tipos PB [3] y PB [4] (PB procede de “Partial Body”) que, aunque no sean específicamente de protección biológica, pueden ser adecuados para el uso de protección contra salpicaduras mencionado o para complementar una bata que no sea un EPI.
Se recomienda que la ropa de protección biológica sea desechable ya que presenta la ventaja de que al eliminarse se evitan fuentes de posible contagio que pudieran aparecer en el caso de que la desinfección del equipo no se realizase correctamente.
Protección ocular y facial
Personal en general:
Se debe usar protección ocular cuando haya riesgo de contaminación de los ojos a partir de salpicaduras o gotas (por ejemplo: sangre, fluidos del cuerpo, secreciones y excreciones), lo cual no es frecuente en la gran mayoría de trabajos.
Se recomienda no tocarse los ojos con las manos y una higiene de manos intensiva, mediante agua y jabón preferentemente y, en su defecto, mediante gel hidro alcohólico.
Personal sanitario:
Se debe usar protección ocular cuando haya riesgo de contaminación de los ojos a partir de salpicaduras o gotas (por ejemplo: sangre, fluidos del cuerpo, secreciones y excreciones).
Los protectores oculares certificados en base a la norma UNE-EN 166:2002 para la protección frente a líquidos1 pueden ser gafas integrales frente a gotas o pantallas faciales frente a salpicaduras (ambos, campo de uso 3), donde lo que se evalúa es la hermeticidad del protector (en el caso de la gafa integral) o la zona de cobertura del mismo (en el caso de la pantalla facial).
Es posible el uso de otro tipo de protector ocular, como sería el caso de gafas de montura universal con protección lateral, para evitar el contacto de la conjuntiva con superficies contaminadas, por ejemplo; contacto con manos o guantes. No obstante, si por el tipo de exposición se precisa garantizar cierta hermeticidad de las cuencas orbitales deberemos recurrir a gafas integrales (campos de uso 3, 4 o 5 según UNE-EN 166:2002, en función de la hermeticidad requerida)² y, para la protección conjunta de ojos y cara, a pantallas faciales.
Se recomienda siempre protección ocular durante los procedimientos de generación de aerosoles. Cuando sea necesario el uso conjunto de más de un equipo de protección individual, debe asegurarse la compatibilidad entre ellos, lo cual es particularmente importante en el caso de la protección respiratoria y ocular simultánea, para que la hermeticidad de los mismos y por tanto su capacidad de proteger no se vea mermada.
1 No existe norma específica de protectores oculares frente a microorganismos. Los posibles campos de uso a considerar según UNE EN 166 serían: protección frente a impactos (todo tipo de montura), líquidos (montura integral/pantalla facial), polvo grueso > 5 µm (montura integral), gas y polvo fino < 5 µm (montura integral).
2 Campos de uso: 3 (gotas de líquidos, admite ventilación directa), 4 (polvo grueso, admite ventilación indirecta), 5 (gas y polvo fino, no admite ventilación)
Colocación y retirada de los EPI
Tal y como se ha indicado, los EPI deben seleccionarse para garantizar la protección adecuada en función de la forma y nivel de exposición y que ésta se mantenga durante la realización de la actividad laboral. Esto debe tenerse en cuenta cuando se colocan los distintos EPI de tal manera que no interfieran y alteren las funciones de protección específicas de cada equipo. En este sentido, deben respetarse las instrucciones del fabricante.
Después del uso, debe asumirse que los EPI y cualquier elemento de protección empleado pueden estar contaminados y convertirse en nuevo foco de riesgo. Por lo tanto, un procedimiento inapropiado de retirada puede provocar la exposición del usuario.
Consecuentemente, debe elaborarse e implementarse una secuencia de colocación y retirada de todos los equipos detallada y predefinida, cuyo seguimiento debe controlarse.
Los EPI deben colocarse antes de iniciar cualquier actividad probable de causar exposición y ser retirados únicamente después de estar fuera de la zona de exposición.
Se debe evitar que los EPI sean una fuente de contaminación, por ejemplo, dejándolos sobre superficies del entorno una vez que han sido retirados.
Para acceder a información de la OMS sobre puesta y retirada de EPI puede consultarse el siguiente enlace: https://www.who.int/csr/resources/publications/PPE_EN_A1sl.pdf.
Desecho o descontaminación.
Después de la retirada, los EPI desechables deben colocarse en los contenedores adecuados de desecho y ser tratados como como residuos biosanitarios clase III.
Si no se puede evitar el uso de EPI reutilizables, estos se deben recoger en contenedores o bolsas adecuadas y descontaminarse usando el método indicado por el fabricante antes de guardarlos. El método debe estar validado como efectivo contra el virus y ser compatible con los materiales del EPI, de manera que se garantiza que no se daña y por tanto su efectividad y protección no resulta comprometida.
Almacenaje y mantenimiento.
Los EPI deben ser almacenados adecuadamente, siguiendo las instrucciones dadas por el fabricante, de manera que se evite un daño accidental de los mismos o su contaminación.
BIBLIOGRAFÍA y ENLACES.
- Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
- Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
- Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la utilización por los trabajadores de equipos de protección individual.
- Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios.
- World Health Organization. Infection prevention and control during health care when novel coronavirus (nCoV) infection is suspected. Interim Guidance. WHO: Geneva; 2020. Disponible 11 en: https://www.who.int/publications-detail/infection-prevention-and-control-during-healthcare-when-novel-coronavirus-(ncov)-infection-is-suspected
- European Centre for Disease Prevention and Control. Infection prevention and control for the care of patients with 2019-nCoV in healthcare settings. ECDC: Stockholm; 2020. Disponible en: https://www.ecdc.europa.eu/en/publications-data/infection-prevention-and-control-carepatients-2019-ncov-healthcare-settings
- Centers for Disease Control and Prevention. Interim Infection Prevention and Control Recommendations for Patients with Confirmed Novel Coronavirus (2019-nCoV) or Patients Under investigation for 2019-nCoV in Heath care Settings. CDC: Atlanta; 2020. Disponible en: https://www.cdc.gov/coronavirus/2019-nCoV/hcp/infection-control.html
- Guía Técnica del INSST relativa al uso de equipos de protección individual en el trabajo Apéndice 6 de la Guía Técnica del INSST relativa a la exposición a riesgos biológicos
NTP 787: Equipos de protección respiratoria: identificación de los filtros según sus tipos y clase
NTP 938: Guantes de protección contra microorganismos
NTP 772: Ropa de protección contra agentes biológicos
NTP 813: Calzado para protección individual: Especificaciones, clasificación y marcado
Equipos de Protección individual
Díptico: Equipos de Protección Respiratoria
Normas técnicas:
UNE-EN 149:2001 + A1:2010 Dispositivos de protección respiratoria. Medias máscaras filtrantes de protección contra partículas. Requisitos, ensayos, marcado.
UNE-EN 143:2001+ A1:2006 Equipos de protección respiratoria. Filtros contra partículas. Requisitos, ensayos, marcado.
UNE-EN 140:1999 Equipos de protección respiratoria. Medias máscaras y cuartos de máscara. Requisitos, ensayos, marcado;
UNE-EN ISO 374-5:2016, Guantes de protección contra productos químicos y los microorganismos peligrosos. Parte 5: Terminología y requisitos de prestaciones para riesgos por microorganismos. (ISO 374-5:2016) (Ratificada por la Asociación Española de Normalización en junio de 2017).
UNE-EN 14126: 2004 y UNE-EN 14126: 2004/AC: 2006 Ropa de protección. Requisitos y métodos de ensayo para la ropa de protección contra agentes biológicos.
UNE-EN 14605:2005 + A1:2009, Ropa de protección contra productos químicos líquidos. Requisitos de prestaciones para la ropa con uniones herméticas a los líquidos (Tipo 3) o con uniones herméticas a las pulverizaciones (Tipo 4), incluyendo las prendas que ofrecen protección únicamente a ciertas partes del cuerpo (Tipos PB [3] y PB [4].
UNE EN 166:2002, Protección individual de los ojos. Especificaciones.