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01/09/2009

LA SEGURIDAD SOCIAL CUBRE LA BAJA TEMPORAL DE LOS TRABAJADORES AISLADOS POR LA GRIPE A

Los períodos de aislamiento preventivo (cuarentena) a que se vean sometidos los trabajadores como consecuencia de la gripe A serán considerados como situación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común, lo que da derecho a los afectados a las correspondientes prestaciones, según recoge una resolución dictada por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social. De este modo se resuelven las dudas planteadas por las autoridades sanitarias, tanto centrales como autonómicas, “sobre la desprotección que podrían sufrir los trabajadores que, tras su contacto con un caso de gripe A, pudieran estar afectados por dicha enfermedad y que se ven sometidos al aislamiento preventivo hasta que se culmina el correspondiente diagnóstico para evitar los riesgos de contagio”, señaló el Ministerio de Trabajo. Durante el tiempo de cuarentena, los trabajadores no están afectados, en sentido estricto, por un accidente o una enfermedad, pero Trabajo reconoce que “es evidente que deben estar vigilados y recibir la correspondiente asistencia sanitaria en orden a diagnosticar su estado,  lo que les impide trabajar.

 

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